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Montar una empresa: trámites de constitución de una SLNE Stampa
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Scritto da Carlos Fernández Giua   
Lunedì 29 Dicembre 2008 05:09

Quien decida constituir una empresa según la normativa de la SLNE puede recurrir a la tramitación telemática. Es cierto que esta forma societaria agiliza mucho los trámites pero no todo es evidente.

E

legir la forma jurídica SLNE ofrece la posibilidad de tramitar telemáticamente toda la documentación. Basta con acudir a un "Punto de asesoramiento de inicio de tramitación" (PAIT) (por ejemplo al de Barcelona, ubicado en la Cámara de Comercio de Barcelona). Ahí se orienta a los empresarios, se realiza la tramitación telemática del Documento Único Electrónico (DUE), se fija cita con el notario y se solicita la Denominación Social. Más estrictamente, El DUE es un documento telemático en el que se incluyen todos los datos referidos a la SLNE que deberán remitirse a las administraciones y registros pertinentes para hacer efectiva la constitución de la sociedad y dar cumplimiento a las obligaciones tributarias y de seguridad social.

Básicamente se trata de:
  • Ponerse en contacto con el PAIT y pedir cita previa (en la que se deberá aportar toda la documentación requerida).
  • En la breve reunión se os requerirá la documentación necesaria para la tramitación del DUE. Este documento será rellenado in situ y acumula un sinfín de trámites que, en otro caso, habría que hacer uno a uno. El DUE permite la realización telemática de los siguientes trámites:
    • Obtención de la denominación social de la sociedad limitada Nueva Empresa
    • Obtención del número de identificación fiscal (NIF) provisional de la sociedad
    • Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (operaciones societarias)
    • Obtención del NIF definitivo de la sociedad
    • Declaración censal de inicio de actividad tanto para la Agencia Estatal de Administración Tributaria como para la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Formalización de la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y de la prestación económica por incapacidad temporal por contingencias comunes de los trabajadores de la sociedad
    • Inscripción del empresario y apertura del código cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social
    • Afiliación y alta de trabajadores en el sistema de la Seguridad Social
    • Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
  • Cita con el notario. En ella, utilizando el modelo de estatutos sociales aprobado en la Orden JUS/1445/2003, de 4 de junio, se confeccionará la escritura de constitución. Éste es el link donde encontraréis el modelo de estatutos sociales: http://www.circe.es/WebFiles/images/c/ca/Estatutosocial.doc
  • Recogida de la escritura una vez la notaría haya realizado los trámites oportunos.
  • Pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la Agencia Autonómica correspondiente. El formulario ya vendrá incluido en la escritura que nos ha facilitado el notario.

Otros elementos a tener en cuenta

  • Establecer el régimen de percepción de retribuciones de los socios. Éstos, como sabemos, deben estar dados de alta como autónomos y podrán, en síntesis:
    • facturar a la sociedad.
    • formalizar sus retribuciones como cobro de nómina de la sociedad. En este caso, deberá comunicarse a la administración de la tesorería de la Seguridad Social este hecho.

Posibilidad de cambio de denominación social

El procedimiento a seguir por la sociedad limitada Nueva Empresa ya constituida, si desea llevar a cabo el cambio de la denominación social por otra de fantasía es el siguiente (si se hace antes de los tres meses siguientes a la constitución, no se deberán satisfacer aranceles notariales):
  1. Solicitar al Registro Mercantil, la declaración conforme al hecho de que la denominación que solicitamos no está ya en uso. Os aconsejamos que añadáis a vuestra propuesta alguna palabra que garantice que no pueda ya estar en uso (a fin de evitaros desagradables sorpresas). Para pedir este documento podéis hacerlo de diferentes modos:
    1. De manera presencial en las oficinas del Registro Mercantil Central - C/ Príncipe de Vergara, 94 - Madrid 28006 (horario de atención de Lunes a Viernes de 9 - 14 h y de 16 - 18 h y los sábados de 9 - 14 h).
    2. Por correo o mensajería a la dirección del Registro Mercantil Central.
    3. Por Internet, en el sitio web del Registro Mercantil Central (www.rmc.es) en el menú Denominaciones Sociales - Solicitud de Certificados. Es la vía más rápida. La aconsejamos encarecidamente.
    4. Por mediación del notario autorizante de la escritura de cambio de denominación social.
  2. Acudir al notario con el certificado mencionado y realizar una escritura de cambio de denominación social

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Buenas, somos un par de estudiantes de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Alicante. Hemos montado una SLNE ficticia y estamos concluyendo el Plan de Empresa. A ver si seríais tan amables de ayudarnos en la búsqueda del papeleo que debemos adjuntar. Es el siguiente:

- Reserva de denominación mercantil.
- Redacción de los estatutos.
- Elevación a escritura pública de los mismos.
- Depósito de dicha escritura en el Registro Mercantil.
- Trámites de alta de la empresa en Hacienda.
- Trámites de alta de la empresa en la Seguridad Social.

Nos han comentado que dicho papeleo podemos encontrarlo on-line y descargarlo.
Básicamente nos perdemos con toda la información que encontramos en foros etcétera. Por lo que puedo leer en este post no todo es automático. Entonces, lo que se nos pide en la asignatura en la cual tenemos que entregar edte Plan de Empresa, ¿es algo más sencillo que los trámites para montar la empresa real?
A ver si nos podéis ayudar... gracias.
miguel , maggio 23, 2009

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